Responsabilidad Civil Personas

Seguros de Responsabilidad Civil para Personas

Hoy en día existe una creciente judicialización de los conflictos provocados por daños de distinta índole por el desempeño profesional de las personas. Esto tiene un alto impacto en el Patrimonio por cuanto, en caso de ser condenadas, implica el desembolso de altas sumas de dinero como Indemnización por los daños. Por ello se hace imprescindible poder transferir este riesgo, en este caso a la Compañía Aseguradora.

1.- Protege el Patrimonio de la Persona por cuanto entrega cobertura a las Indemnizaciones a las que eventualmente pudiese llegar a ser condenada a pagar.

2.- Entrega el derecho a la Compañía de asumir la Defensa Legal del Asegurado ante demandas por medio de Abogados Expertos de la Compañía de Seguros y sin que ello implique un desembolso para el Asegurado

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños inferidos a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado. En el detalle, la póliza de responsabilidad civil garantiza la cobertura de dos situaciones distintas:

1.- Indemnizaciones por las que el asegurado resulte civilmente responsable en caso de:

  • la muerte o lesiones causadas a terceros;
  • los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros, y;

2.- Gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

La cobertura según el Origen de los Daños es en general compleja. Existen muchas exclusiones en las Pólizas vigentes en el Mercado, por lo que se requiere estudiar con detalle la actividad del Asegurado de modo de poder visualizar con claridad las posibles fuentes de riesgo de daños a terceros.

Los orígenes de los Daños pueden ser diversos. Pero los más comunes son los siguientes:

RC asociada a la Práctica Profesional: Daños a terceros por la actividad profesional de la persona, como es el caso por ejemplo de Médicos y Dentistas.

RC del Padre de Familia: respecto a las actuaciones de los hijos, los padres están sujetos a ser demandados por las negligencias, los actos imprudentes o las omisiones de sus hijos, mascotas, etc.

Las exclusiones quedan entregadas a la redacción de cada póliza elaborada por las compañías de seguro, por lo que no existen exclusiones absolutas. En todo caso, la costumbre nos dice que por lo general se excluye lo siguiente:

  • Todo daño provocado por el asegurado originado por un comportamiento doloso, es decir, cuando media la intención de producirlo;
  • Daños provocados por asegurados actuando bajo la influencia de tóxicos, drogas o alcohol;
  • Cualquier tipo de obligación fiscal, ya sean multas u otro tipo de sanciones;
  • Daños que sean provocados fuera del territorio nacional;
  • Se excluye además la responsabilidad civil contractual, esto es, la exclusión de todo perjuicio provocado a otra parte, emanado de un incumplimiento originado en un contrato.

Para tener una cotización de este seguro se precisa completar detalladamente el formulario que se adjunta abajo. Una vez revisada la información provista, nos contactaremos para entregar dicha cotización o requerir antecedentes adicionales.

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